Ubicación:

Pacífico Noroeste de Costa Rica, Golfo de Papagayo.

Área:

El área marina del Parque Nacional Santa Rosa (PNSR) posee 43,000.00 hectáreas.

Vegetación:

Compuesta por el denominado Bosque Seco. Algunas de las especies son el Pochote (Bombacopsis quinata), el cual se encuentra solo en la Isla San José; el Flor blanca (Plumeria rubra); el Quebracho (Lysinoma auritum) cuyos frutos cuando están verdes sirven de alimento a las loras (4).

Se ha encontrado una especie de arbusto de la especie Amphipterygium adstringens, solo ubicado en dichas islas (3). También se encuentra la Cabuya y algunas especies de pastos (4).

Clima:

Correspondiente al Pacífico Norte de Costa Rica, entre los meses de Diciembre y Febrero-Abril está presente la Estación Seca y la región es afectada por los fuertes Vientos Alisios (principalmente entre Diciembre y Marzo), con temperaturas en el mar que pueden bajar hasta 16 °C en las aguas profundas y la temperatura superficial se encuentra entre los 28°C. Desde el mes de Mayo y hasta Noviembre, se presenta la Estación Lluviosa, con nubes cargadas de humedad provenientes del Océano Pacífico.

Ecología:

El área marina protegida (AMP ), está dentro de la clasificación:

Reino: Pacífico Este Tropical.

Provincia: Pacífico Tropical Oriental.

Ecorregión: Chiapas-Nicaragua.

Unidad Ecológica Marina: Papagayo.

Los sistemas marinos se diferencian entre sí por la combinación de salinidad, las formas geológicas y la profundidad (2).

Los ambientes marinos están compuestos por la asociación de diferentes especies y elementos que interactúan entre ellos, desde el fondo marino y hasta la zona entre mareas. La fauna pelágica (atunes, tiburones, tortugas y cetáceos por ejemplo) que se moviliza vertical y horizontalmente en la columna de agua y las asociaciones que interactúan más con en el fondo (fauna bentónica), en la cual se incluyen a las esponjas, moluscos, crustáceos, tunicados y algas marinas por ejemplo. Estos componentes de la columna de agua y los del fondo, interactúan con uno tercero, el cual es el componente geológico.

Existen registros sobre comunidades coralinas y de arrecifes, algunas únicas en el Pacífico Oriental, además de los llamados octocorales (abanicos y dedos de mar). Se ha logrado encontrar verdaderos arrecifes coralinos, como por ejemplo al correspondiente al género Pocillopora (1). Sin embargo actualmente las investigaciones indican serias afectaciones a causa de las actividades humanas, calentamiento global y algunos efectos provocados por la surgencia de aguas frías.

Pueden observarse especies de peces como los velas, marlines, tiburones, jureles, atunes, manta rayas y otras especies más pequeñas como las rayas doradas y las gavilanas; especies de mamíferos marinos como delfines y dependiendo del mes se localizan ballenas, especialmente jorobadas. El área es frecuentada por tortugas marinas como la tortuga lora, la tortuga verde del Pacífico, la tortuga Baula y la tortuga carey, la cual es una de las especies más amenazadas.

Geología:

El área está constituida por basaltos, radiolarias y brechas polimícticas, del Jurásico-Cretácico. Las islas poseen una edad que va de 109,0 -+ a 2,0 millones de años, la alineación de este complejo de islas es de Este-Oeste (3).

El Parque Nacional Santa Rosa es una de las áreas protegidas a cargo del Área de Conservación Guanacaste, la cual a su vez es una de las once áreas de conservación que integran el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET). <p >La sección marina del Parque Nacional Santa Rosa, se extiende hasta 12 millas náuticas mar afuera frente a Playa Naranjo, Nancite, y Punta Varas, la otra sección hacia el Noroeste tiene 3,24 millas náuticas, o sea 6 kilómetros desde las contornos de la costa que se ubican más externamente.

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Situación legal:

El AMP forma parte del Parque Nacional Santa Rosa, por lo tanto al igual que otras áreas protegidas, aplica la Categoría II de la UICN correspondiente a Parque Nacional.

El PNSR fue creado el 20 de marzo del año 1971, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 1562-A, posteriormente ampliado según los decretos ejecutivos Nº 7013-A del 4 de mayo de 1977 y Nº 12062-A del 13 de noviembre de 1980. Posteriormente fueron ratificados por la Ley Nº 6794 del 25 de agosto de 1982. En el año 1987 se crea el nuevo decreto que anexa las tierras de Santa Elena al Parque nacional Santa Rosa, Decreto Ejecutivo Nº 17656. En las diferentes ampliaciones, se tomaron en cuenta secciones marinas anexas a la costa.

Según la Ley de Parques Nacionales de 1977, Ley Nº 6084, en su Artículo 9º, establece el carácter policial de sus empleados en las áreas protegidas. Por otro lado, la Ley de Vida Silvestre [LVS], Ley Nº 7317 de 1992, se refiere a la autoridad de policía de los guardaparques e inspectores forestales.

El Convenio de Diversidad Biológica, 1992, forma parte del marco jurídico internacional, el cual fue firmado por Costa Rica. Menciona que cada “Cada parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda: Establecerá un sistema de áreas protegidas o áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica;…”, (CDB, 1992, Artículo 8º).

Según la Ley Orgánica del Ambiente, el Poder Ejecutivo mediante el Ministerio del Ambiente y Energía, podrá establecer las áreas silvestres protegidas, de acuerdo a las siguientes categorías de manejo: Reservas forestales, Zonas protectoras, Parques nacionales, Reservas biológicas, Refugios nacionales de vida silvestre, Humedales y Monumentos naturales, (LOA, 1995, Artículo 32º).

Generalidades.

 

En el Archipiélago Islas Murciélago (único archipiélago que posee Costa Rica), se localiza la Isla San José, en donde se ubica la Estación de Investigación y Vigilancia, la cual sirve como base de operaciones a los funcionarios que laboran en el Sector Marino. Se realizan diferentes actividades, todas ellas dirigidas hacia la conservación de la biodiversidad. Las tareas de control y protección marinos son fundamentales y se complementan con otras como las de investigación, educación biológica, ecoturismo, y otras que se desarrollan en todo el ACG.

En los últimos años las acciones de conservación del ACG han sido orientadas hacia el incremento de la presencia y posicionamiento institucional del tema marino, así como al desarrollo de la  "Estrategia para el Ordenamiento de las Acciones de Conservación y Manejo en las 43.000 hectáreas del Sector Marino Protegido del Área de Conservación Guanacaste", que tiene como misión asegurar que  "La biodiversidad marina y costera del Sector Marino Protegido y sus ecosistemas asociados son conservados y manejados eficientemente para asegurar su existencia a perpetuidad; donde la sensibilidad ambiental de sus vecinos y usuarios contribuye a su conservación y desarrollo."

La gestión y manejo del Sector Marino procura incidir en la protección y restauración del ecosistema marino, de manera que se generen naturalmente las condiciones necesarias para su recuperación y conservación permanente. 

El Sector Marino ofrece una gran oportunidad para los pobladores de las comunidades aledañas si se logran incrementar y desarrollar las actividades económicas que concuerden y sean compatibles con la conservación del ambiente. A la vez que la zona se recupera de los fuertes impactos sufridos por la sobrepesca y otros efectos negativos de origen antropico y se convierte en el "vivero" o "fuente" de dispersión/colonización de especies (peces, langostas, moluscos, larvas, etc.) hacia otros sitios de la región que han visto reducida su biodiversidad.

Lugares y actividades recreativas permitidas en el Sector Marino de ACG

Requisitos de ingreso:

Para realizar el surfing, el buceo recreativo u observación, debe de llenar el formulario disponible en https://reservaciones.acguanacaste.ac.cr/marino/, con información acerca de la fecha, objetivo, nombres de los visitantes incluyendo al botero y la tripulación, el nombre de la embarcación y su número de matrícula. El ingreso está condicionado a la capacidad designada según la actividad a realizar. Seguidamente, si no existen inconvenientes, se entregaría la autorización y además se hace llegar al solicitante más información sobre otros aspectos del Sector Marino. Es necesario que el visitante obtenga los servicios de boteros experimentados, con la documentación y póliza respectiva al día.

Regulaciones:

Aplican las regulaciones atinentes a las áreas protegidas de Costa Rica, lo cual significa, por ejemplo, que la extracción de minerales, artefactos arqueológicos, la pesca en cualquiera de sus formas se prohíbe, así como la extracción de animales, plantas y sus despojos.

La actividad del surfing está regulada según el Decreto 32 442, Decreto para la Regulación de la actividad del surf en el Parque Nacional Santa Rosa. Solo se permite surfear en Playa Naranjo y en Potrero Grande.

La actividad del buceo recreativo solo está permitida en los siguientes lugares:

  • El “Gran Susto” en Isla San Pedrillo.
  • “Los Arcos” en Cabo Santa Elena.
  • “Bajo Negro”.

A lo anterior se suma que los buzos deben hacer uso de las buenas prácticas del buceo.

El área de anclaje se ubica frente a la Estación de Investigación y Vigilancia de la Isla San José, no existen otras áreas de anclaje autorizadas.

El pago de la admisión es fundamental antes de entrar al AMP, de lo contrario los funcionarios del SINAC se verán en la obligación de expulsar a quienes no hayan cancelado dicha admisión.

Dado que el acceso al agua potable es sumamente limitado y restringido a las necesidades de la administración del área protegida, todo visitante sin excepción, debe transportar el agua que considera utilizará durante su estancia.

El ingreso de mascotas es prohibido.

 

Nº de Coordenada Longitud Oeste Latitud Norte Nº de Coordenada Longitud Oeste Latitud Norte
01 10º 53´28.2´´ 085º57´00.9´´ 11 10º 39´47.8´´ 085º51´11.2´´
02 10º 52´09.1´´ 085º57´02.5´´ 12 10º 39´53.3´´ 085º50´51.5´´
03 10º 51´04.5´´ 085º57´02.5´´ 13 10º 39´24.8´´ 085º50´15.8´´
04 10º 50´20.6´´ 085º59´19.8´´ 14 10º 39´38.9´´ 085º49´46.7´´
05 10º 48´18.9´´ 085º58´10.6´´ 15 10º 37´36.8´´ 085º48´11.1´´
06 10º 48´18.9´´ 085º52´44.4´´ 16 10º 36´58.7´´ 085º48´00.1´´
07 10º 46´05.3´´ 085º49´09.0´´ 17 10º 36´16.8´´ 085º48´18.6´´
08 10º 45´01.9´´ 085º46´44.4´´ 18 10º 35´56.6´´ 085º48´21.8´´
09 10º 40´06.7´´ 085º51´39.7´´ 19 10º 35´35.3´´ 085º48´16.6´´
10 10º 40´06.7´´ 085º51´28.5´´ 20 10º 44´07.0´´ 085º39´44.5´´

Datos interesantes:

Archipiélago: el Archipiélago Murciélago es el único existente en Costa Rica.

Afloramiento de Papagayo: Surgencia que se produce durante la Estación Seca, cuando los Vientos Alisios del Norte empujan las masas de aguas superficiales del Océano Pacífico, lo cual obliga a subir a las aguas profundas más frías, las cuales traen consigo nutrientes del fondo hacia la superficie del mar, incrementando la productividad primaria.

Dunas fósiles: existe el registro de dunas fósiles que datan desde el Pleistoceno Superior, determinándose una edad entre los 14,000 y 15,000 años A. C. La Isla San José posee dunas costeras activas (3).

Cómo se ingresa:

Existen varios puntos de ingreso, los más usuales son desde las comunidades: Cuajiniquil, Playas del Coco, Playa Hermosa y Flamingo, entre otros.

Información:

Debe de reservar su visita con 24 horas de anticipación:

https://reservaciones.acguanacaste.ac.cr/es/marino/

Correo: reservaciones.sector.marino@acguanacaste.ac.cr / marinoacg@acguanacaste.ac.cr 

Whatsapp: 8886-9510  - 2666 5051

 

Referencias bibliográficas

(1)Área de Conservación Guanacaste (Abril, 2012). Disponible en: http://www.acguanacaste.ac.cr/rothschildia/v3n1/textos/com_coralinas.html).

(2) Corrales, L. Biodiversidad en el Neotrópico, Bachillerato en Administración de Áreas Protegidas, Universidad para la Cooperación Internacional. 2010.

(3) Denyer, P. Cortés, J. Cárdenas, G. Hallazgo de Dunas Fósiles de Final del Pleistoceno en las Islas Murciélago, Costa Rica. Revista Geológica de América Central. 2005

(4) Espinoza, R. Área de Conservación Guanacaste, Parataxónomo. Conversación personal. 28 de Abril, 2012.