Este procederá cuando el mal estado de un árbol, constituya una amenaza para los derechos del poseedor, vecinos o para los transeúntes, o pueda perjudicar alguna cosa pública y que por algún motivo SINAC no pueda extender un permiso de corta.
El interesado deberá hacer el trámite ante el Juzgado Agrario, y un juez con el apoyo de técnicos de SINAC realizará la evaluación del caso y emitirá una sentencia. La disposición de la madera resultante de dichos árboles deberá realizarse conforme lo establezca la sentencia judicial, en cuyo caso el autorizado deberá tramitar, la emisión y entrega de los dispositivos de control para el transporte según lo establece la Ley Forestal (N°7575).