Régimen Forestal: Corresponde a un incentivo que brinda el estado a los propietarios que mantienen áreas de bosque o plantaciones forestales. Dichos incentivos son:
- La exención del pago del impuesto a los bienes inmuebles, creado mediante Ley N° 7509, del 9 de mayo de 1995.
- La exención del pago de impuestos sobre los activos, establecido mediante Ley N° 7543, del 19 de setiembre de 1995.
- La protección mencionada en el artículo 36 de la Ley Forestal.
- La exención del pago del impuesto de tierras incultas (solamente para plantaciones forestales).
Inscripción para áreas en Bosque:
- Una solicitud de la persona interesada (se adjunta el formato sugerido con la información mínima).
- Certificación literal de la propiedad donde, expedida por el Registro Nacional o por un notario público.
- Copia de plano de la finca.
- Estar al día con sus obligaciones obrero patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y ante la Dirección de Tributación.
Si la propiedad pertenece a una persona jurídica, se deberá agregar Certificación de Personería Jurídica.
Descargar Formulario de Solicitud:
Nota: anualmente se puede solicitar una certificación de dicha inscripción.