Aprovechamiento de madera caída en bosque: Considera como árbol caído a los fustes y ramas que por razones naturales han caído al suelo por completo, como consecuencia de eventos naturales, como fuertes vientos, huracanes, lluvias extremas, terremotos, derrumbes y otros. Como característica de esta condición se podrían observar raíces expuestas, fustes quebrados como claros indicios de dicha condición. La extracción de estos árboles debe realizarse mediante arrastre de bajo impacto, es decir utilizando métodos o técnicas de acarreo de los productos forestales esto con fuerza humana o animal. No se podrá utilizar bajo ninguna razón maquinaria para remover la vegetación o para rehabilitar o construir trochas o caminos para la extracción del producto. Los trámites a realizar en este caso se dividen de la siguiente forma:
- Aprovechamiento de menos de 10 árboles caídos por propiedad privada.
- Aprovechamiento de más de 10 árboles caídos por propiedad privada.
Requisitos generales
- Solicitud de permiso de aprovechamiento de árboles caídos naturalmente en bosque, debidamente firmada por la persona física o representante de la persona jurídica interesada. Si la solicitud corresponde a una persona jurídica debe presentar una certificación (documento original, menor a tres meses de emisión). Si la solicitud es presentada por una tercera persona debe presentar un poder especial otorgado ante un notario, especificando para que actos ha sido autorizado.
- Certificación literal de la propiedad, extendida por el Registro Nacional o notario público donde se indique, nombre y cualidades del propietario, naturaleza, localización, medida, colindantes, folio real (o citas de inscripción), derechos, especificaciones de los gravámenes y anotaciones de la propiedad.
- Copia certificada por el Registro Nacional o notario del plano catastrado, con la respectiva cartografía del polígono de la finca sobre la cuadricula de la hoja cartográfica del Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:50000 o 1:10000. Las copias de los planos que se presenten deberán incluir la tabla de derroteros y el sello de catastro con el número de plano asignado, ambos de forma legible.
- Si no posee plano catastrado o plano con la ubicación geográfica deberá aportar la hoja cartográfica o una copia de esta, con la ubicación del polígono de la finca, el cual deberá ser autenticado por un profesional en topografía.
En caso de que se requiera extraer más de 10 árboles, se debe agregar
- Un estudio técnico que cuente con la siguiente información:
- Referencia al folio real de la propiedad descrita en la solicitud y en caso de poseedores legítimos, se deberá hacer referencia a la certificación judicial de la existencia de la sentencia en firme en el trámite de información posesoria correspondiente.
- Inventario forestal de los árboles caídos debidamente georefenciados (Nombre común, nombre científico, diámetro, largo, volumen en metros cúbicos y ubicación.
- Justificación técnica de la planificación de las labores de aprovechamiento y extracción de árboles caídos propuestos que garantice el menor impacto posible e incluya las medidas de mitigación.
- Cronograma de actividades
- Mapa base con el área del bosque y arboles a aprovechar georreferenciados, caminos (si existen), hidrología y patios fuera del bosque, en formato digital en datum CR05, asociado al elipsoide del Sistema Geodésico Mundial (WGS84), y la proyección Costa Rica Transversal Mercator (CRTM05), al SINAC.
2. Contrato de Regencia para la ejecución del Plan de Manejo, ajustado a lo establecido en el Reglamento de Regencias Forestales vigente.